Abogados laboralistas
Despidos, reclamaciones de cantidad, incapacidades y accidentes de trabajo. Los plazos laborales son de caducidad y muy cortos: en un despido, veinte días hábiles.
El derecho laboral se juega en los plazos. Veinte días hábiles para impugnar un despido, veinte para una modificación sustancial de condiciones, un año para reclamar salarios. Cuando alguien llega tarde, el mejor asunto se pierde sin llegar a discutirse. Asesoramos a trabajadores y a empresas, y lo primero que hacemos siempre es calcular la fecha límite.
- Despido improcedente, nulo y objetivo
- Cálculo e impugnación de la indemnización
- Reclamación de salarios y horas extra
- Modificación sustancial de condiciones y traslados
- Acoso laboral y vulneración de derechos fundamentales
- Incapacidad permanente y Seguridad Social
- Accidentes de trabajo y recargo de prestaciones
- Empresas: despidos colectivos y contratación
Despido improcedente, nulo y objetivo
Impugnación de despidos disciplinarios y objetivos, papeleta de conciliación ante el SMAC o el órgano autonómico equivalente, y demanda ante el juzgado de lo social. Revisamos la carta de despido con detalle: los defectos formales y la falta de concreción de los hechos imputados son una causa habitual de improcedencia.
Plazo de caducidad: 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido (art. 59.3 ET). No cuentan sábados, domingos ni festivos.Cálculo e impugnación de la indemnización
Comprobamos antigüedad, salario regulador con prorrata de pagas y conceptos variables, y el tramo de cálculo aplicable. Un salario regulador mal calculado es el error más frecuente y el que más dinero cuesta.
El despido improcedente se indemniza con 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades; los servicios anteriores al 12 de febrero de 2012 se calculan a 45 días.Reclamación de salarios y horas extra
Nóminas impagadas, complementos, pagas extra, vacaciones no disfrutadas y horas extraordinarias no retribuidas. El registro horario obligatorio ha cambiado mucho el terreno probatorio en las reclamaciones de horas extra.
Las acciones para reclamar cantidades prescriben al año desde que pudieron ejercitarse (art. 59.2 ET).Modificación sustancial de condiciones y traslados
Cambios de jornada, horario, turnos, funciones o retribución impuestos por la empresa, y traslados que exigen cambio de residencia. Valoramos si conviene impugnar la medida o extinguir el contrato con derecho a indemnización.
Acoso laboral y vulneración de derechos fundamentales
Acoso moral, acoso sexual y discriminación. La modalidad procesal de tutela de derechos fundamentales tiene reglas probatorias propias, con inversión de la carga de la prueba cuando existen indicios, y permite reclamar indemnización por daño moral adicional.
Incapacidad permanente y Seguridad Social
Reclamaciones previas frente al INSS y demandas por denegación o insuficiencia del grado reconocido: parcial, total, absoluta y gran invalidez. Trabajamos con informe médico pericial adaptado a la profesión habitual del trabajador, que es el eje de este tipo de asuntos.
Accidentes de trabajo y recargo de prestaciones
Determinación de contingencia, reclamación de daños y perjuicios e imposición del recargo de prestaciones cuando ha habido falta de medidas de seguridad, que incrementa entre un 30 y un 50 % todas las prestaciones económicas.
Empresas: despidos colectivos y contratación
Del lado de la empresa: diseño y tramitación de despidos objetivos y colectivos, expedientes de regulación, auditoría de contratos, pactos de no competencia y de permanencia, y relaciones laborales de alta dirección.
Lo que más nos preguntan.
¿Cuánto tiempo tengo para impugnar un despido?
Veinte días hábiles desde la fecha de efectos del despido. Es un plazo de caducidad, no de prescripción, así que no se interrumpe con una simple reclamación. Presentar la papeleta de conciliación suspende el cómputo. Si acaba de recibir la carta, esta es la gestión urgente.
¿Me conviene firmar el finiquito que me ofrece la empresa?
Depende de qué firme exactamente. Un finiquito es un recibo de cantidades; una cosa distinta es un documento de saldo y finiquito con renuncia de acciones, que puede impedirle reclamar después. Si puede, haga constar «no conforme» junto a la firma y consulte antes de aceptar cualquier acuerdo indemnizatorio.
¿Tengo derecho a paro si me despiden?
El despido, sea disciplinario u objetivo, es situación legal de desempleo y da acceso a la prestación si reúne el periodo mínimo de cotización. La baja voluntaria, en cambio, no. Por eso la vía elegida para salir de la empresa importa tanto como la indemnización.
¿Puedo reclamar si llevo años haciendo horas extra sin cobrar?
Sí, con el límite de un año hacia atrás desde la reclamación. La prueba es lo determinante: registro horario, correos, mensajes, fichajes y testigos. Conviene reunir la documentación antes de dar cualquier paso frente a la empresa.
Otras áreas y despachos.
¿Su caso encaja en alguna de estas materias?
Cuéntenos qué ha pasado y en 24 horas laborables le decimos si tiene recorrido, qué plazos corren y qué coste tendría.
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